Los proveedores de Internet no están obligados a facilitar la identidad de sus usuarios.
8 de Enero de 2005
El pasado martes el Tribunal de Apelaciones estadounidense volvió a dictaminar en contra la industria discográfica, que deberá continuar demandando si quiere descubrir las identidades de los usuarios sospechosos de intercambiar canciones protegidas a través de redes de pares.
En la batalla que enfrenta a los proveedores de Internet con la RIAA, el dictamen del Tribunal de Apelaciones confirma que los proveedores de Internet no están obligados a facilitar a la industria discográfica los nombres de sus clientes cuando esta les denuncie.Cada una de las demandas individuales presentadas por la RIAA está dirigida contra su dirección de Internet, por lo que debe recurrir a un proceso conocido como "John Doe" para obtener los nombres de quienes comparten música de forma ilegal.
Tras la demanda la industria discográfica debe comparecer ante un juez y solicitar una orden judicial que exija al proveedor de Internet facilitar el nombre del supuesto infractor.
La industria discográfica esperaba que el Tribunal de apelaciones dictaminase en su favor, obligando de esta manera al Tribunal Supremo a revisar el tema.
Un portavoz de la RIAA dijo que la decisión no alteraría la campaña legal de los grupos comerciales contra los violadores de los derechos de autor.
"Hemos utilizado con éxito el método de licitación de John Doe para demandar a miles de poseedores de archivos ilegales, y mantendremos nuestro esfuerzos para que no se olvide este triunfo", dijo el portavoz de la RIAA, Jonathan Lamy.
Fuente; Hispamp3.com
Este tipo de noticias son agradable de leer ya que el derecho a la privacidad en muy importante en estos tiempos.